miércoles, 13 de noviembre de 2024

INUNDACIONES: Recuperación de instalaciones eléctricas domiciliarias

   Cuando una vivienda se inunda por intensas lluvias o por la aparición de una DANA, como en la Comunidad Autónoma de Valencia, al este de España, la Distribuidora de Energía Eléctrica de la localidad afectada, tiene la obligación moral de interrumpir el suministro domiciliario en forma inmediata.

   De esta manera se evitarán accidentes de origen eléctrico, en personas y mascotas, durante y después de las inundaciones.

   Antes de reestablecer el suministro de energía eléctrica a cada vivienda, sugiero se tengan en cuenta las siguientes recomendaciones:

RECOMENDACIONES

  1. Determinar y señalar, en forma permanente, el nivel que alcanzó el agua en cada vivienda.
  2. Inspeccionar si la vivienda tiene instalado un interruptor diferencial.
  3. Medir el valor de la resistencia de puesta a tierra. (En Argentina, según AEA 90364-7-771; Tabla 771.3.I; el valor máximo de resistencia debe ser 40 Ohm; cuando la corriente diferencial máxima asignada, del dispositivo diferencial, es de 30 mA)
  4. En el supuesto caso que no se obtenga el valor exigido por la Reglamentación vigente, se debe mejorar el sistema de puesta a tierra en forma inmediata.
  5. Detectar, con un buscador de metales, todos los conductores embutidos y los ductos que se encontraron bajo el nivel del agua.
  6. Determinar el principio y fin de las canalizaciones que llevan los conductores detectados en el punto anterior, según el sentido del flujo de la energía eléctrica.
  7. Reemplazar los tomacorrientes y los interruptores de efecto que se encontraron bajo el nivel del agua.
  8. Retirar, dejando una zonda metálica, todos los conductores eléctricos que se encontraron bajo el nivel del agua.
  9. Soplar, utilizando aire comprimido, las cañerías que se encontraron bajo el nivel del agua, desde el punto mas alto hacia el mas bajo.
  10. Secar, utilizando aire caliente, las canalizaciones que se encontraron bajo el nivel del agua, por ejemplo utilizando un secador de cabello. Desde el punto más bajo hacia el más alto.
  11. Luego de secar las cañerías se debe reemplazar todos los conductores, tomacorrientes y los interruptores de efecto que se encontraron bajo el nivel del agua.
  12. En el supuesto caso que, el nivel del agua haya superado las alturas de montaje del tablero principal y de los tableros seccionales, se deben repetir todos los puntos anteriores, reemplazando todos los interruptores automáticos, diferenciales y demás elementos de accionamiento eléctrico.
  13. Medir utilizando un megóhmetro la aislación de la línea principal y de los conductores de cada circuito sin estar conectados ninguna carga.
  14. El valor mínimo medido, en el punto anterior, debe ser superior a un mil Ohm / V; (1 kΩ / V).
  15. Solicitar a la autoridad de control, de la localidad, la aprobación de los trabajos realizados.
  16. Presentar en la distribuidora del lugar el correspondiente certificado de aprobación para la reconexión del servicio.

CONCLUSIONES

   El agua vuelve conductor a todos los materiales aislantes de la electricidad.

   Por este motivo, después de las inundaciones, se deben reemplazar todos los componentes de una instalación eléctrica, que estuvieron bajo el nivel del agua.

martes, 30 de julio de 2024

CONSUMO ELÉCTRICO EN EQUIPOS ELECTRODOMÉSTICOS FUNCIONANDO EN STAND BY

    Los equipos electrodomésticos tienen una función stand by que les permite estar conectado a la red de energía eléctrica domiciliaria, en estado de espera, hasta tanto el usuario decida ponerlo en funcionamiento nuevamente.

    Esta función de espera se identifica facilmente porque se observa una luz en el electrodoméstico. Esta luz la produce un diodo led que necesita una conexión de componentes electrónicos para funcionar.

    Este circuito electrónico, necesario para que encienda el diodo led, transforma la energía eléctrica de la red en calor y luz. Esta energía es registrada por el contador de energía eléctrica que las empresas distribuidoras conectan en cada vivienda.

    Cuando mayor sea la cantidad de electrodomésticos conectados en stand by, mayor será el incremento de la energía eléctrica facturada por la distribuidora.

   Electrodomésticos de alta transformación de energía eléctrica en la función stand by, entre otros, son:

  • Aires acondicionados
  • Termotanques eléctricos
  • Televisores
  • Consolas de videojuegos
  • Sistemas de sonido
  • Computadoras de escritorio
  • Consolas de videojuegos
  • Centrales telefónicas
  • Modem Router WiFi
  • Cargadores de teléfonos móviles

SUGERENCIA:

Desconectar los equipos electrodomésticos cuando no se usen.


miércoles, 24 de julio de 2024

Planos Conforme a Obra de Instalaciones Eléctricas

   Todas las instalaciones eléctricas en Argentina deben cumplir con los Reglamentos de la Asociación Electrotécnica Argentina, AEA, vigentes, por imposición de la Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587 y sus Decretos Reglamentarios Números 351/79, 911/96, 617/97 y 249/07.

   Las instalaciones eléctricas se pueden efectuar en:

  • La vía pública
  • En inmuebles

INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN INMUEBLES

Los inmuebles se los pueden clasificar en:

  • Viviendas
  • Oficinas
  • Locales Unitarios
  • Especiales

   Las Viviendas, Oficinas y Locales Unitarios son reglamentados por AEA 90364-7-771.

INMUEBLES ESPECIALES

   Los Inmuebles Especiales son aquellos que no están reglamentados por AEA 90364-7-771.
   Se los puede clasificar de la siguiente manera:

  1. Locales de Pública Concurrencia
  2. Industrias (local donde existe algún tipo de procesamiento y/o fabricación)
  3. Estaciones de Carga de Combustible Líquidos y Gaseosos
  4. Centro Comerciales o Locales Comerciales con concurrencia de público (Supermercado, Shopping, Galeria o Mercados multi-locales, etc.)
  5. Edificios Institucionales, Hospitales, Clínicas, Sanatorios
  6. Locales o Instalaciones de Espectáculos (fijos o transitorios/ambulantes)
  7. Locales con riesgo de explosión
  8. Instalaciones internas con tensión mayor a 1 kV
  9. Locales, predios y/o Instalaciones que por su actividad puede poner en riesgo la seguridad pública.


SUGERENCIAS

   Sugiero a los Profesionales que presenten Planos Conforme a Obra de Viviendas, Oficinas y Locales Unitarios, confeccionar la siguiente documentación:
  • Plano de la Instalación Eléctrica

    Planta del Inmueble donde se deben graficar:

    • Referencia de los símbolos eléctricos utilizados
    • Los puntos de utilización (boca de iluminación, luminaria de emergencia, tomacorriente u otro que el profesional considere de importancia para la interpretación de la instalación). Cada punto de utilización debe ser identificado con el circuito al cual está conectado (por ejemplo, C1, C2, …, C5, etc.), coincidente con los circuitos indicados en los esquemas unifilares de los tableros correspondientes.
    • El medidor, el Tablero Principal, los Tableros Seccionales y la Toma a Tierra (Jabalina). Cada tablero debe ser identificado correctamente (por ejemplo, TP, TS1,TS2,…, TSB, etc.).
    • Fotografías de
      • Tablero Principal (frente, interior y sin contratapa)
      • Tablero Seccional (frente, interior y sin contratapa)
      • La acometida
      • Del medidor de energía eléctrica y su caja
      • De la Puesta a Tierra con su caja de inspección
      • Tomacorriente IRAM 2071
      • Ficha de testeo para toma con PAT
      • Tomacorriente desmontado de su caja
    • Diagramas unifilares de
      • Tablero Principal donde se especifique Nº de Circuito, Fase, Tipo de Circuito (IUG, TUG,TUE), Sección conductor, Norma IRAM del conductor, Ambiente, Conductor verde amarillo con su conexión al electrodo de PAT
      • Tablero Seccional donde se especifique Nº de Circuito, Fase, Tipo de Circuito (IUG, TUG,TUE), Sección conductor, Norma IRAM del conductor, Ambiente, Conductor verde amarillo con su conexión al electrodo de PAT
      • I.T.M. Principal
      • I.D.
      • I.T.M. Para cada cicuito
      • Calcomanía Riesgo Eléctrico
    • Planilla de Detalle de Instalación Eléctrica
    • Planilla de Requisitos Esenciales de Seguridad Eléctrica
    • Informe Técnico


    RECOMENDACIONES

       Teniendo en cuenta la especificidad de los inmuebles especiales enumerados, recomiendo que la documentación sea realizada por Profesionales que posean las actividades reservadas o incumbencias correspondientes.


    Bibliografía


viernes, 19 de julio de 2024

COSTO DE MANO DE OBRA EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Valores referenciales para el Noroeste Argentino

LOS VALORES DE ÉSTA TABLA NO INCLUYEN MATERIALES, CARGAS SOCIALES, IMPUESTOS, ALQUILER DE ANDAMIOS NI GRÚAS, FLETES, ETC.


FUENTE:

Asociación de Instaladores Electricistas y Afines de Santiago del Estero (AIEASE)

Descargar archivos PDF de los siguientes enlaces:

Julio 2024

Agosto 2024

Septiembre 2024

Octubre 2024

Noviembre 2024

Diciembre 2024

Fecha de Actualización: 20/12/2024


miércoles, 5 de junio de 2024

LEGISLACIÓN ARGENTINA SOBRE SEGURIDAD ELÉCTRICA

   La Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587 y sus cuatro Decretos Reglamentarios hacen obligatorio el empleo en todo el país, de la Reglamentación Para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles de la AEA (Asociación Electrotécnica Argentina). En consecuencia es de aplicación la Reglamentación AEA 90364.

Los cuatro Decretos Reglamentarios a que se hace referencia en la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo 19587 son, al día de hoy: el Decreto 351/79, el Decreto 911/96, el Decreto 617/97 y el Decreto 249/07 en los cuales se menciona la aplicación obligatoria del Reglamento de la AEA.

En el Decreto 351/79, Capítulo 14 del Anexo VI, artículo 3.1. Características Constructivas. “Se cumplimentará lo dispuesto en la reglamentación para la ejecución de instalaciones eléctricas en inmuebles, de la Asociación Argentina de Electrotécnicos” actualmente denominada AEA.

“Para la instalación de líneas aéreas y subterráneas, se seguirán las directivas de las reglamentaciones para líneas eléctricas aéreas y exteriores en general de la citada asociación”.

En el Decreto 911/96, Capítulo 6, Art. 86 Normas Generales Aplicables en Obra. Instalaciones Eléctricas. Art. 86, dice: “toda instalación deberá proyectarse como instalación permanente, siguiendo las disposiciones de la AEA y en los lugares de almacenamiento de explosivos o inflamables, al igual que en locales húmedos o mojados o con sustancias corrosivas las medidas de seguridad adoptadas deberán respetar lo estipulado en el Reglamento de la AEA”.

En el Decreto 617/97 Título V Riesgos Eléctricos, Art. 18 dice “Las instalaciones eléctricas deben cumplir con la reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina” Será de aplicación supletoria la normativa establecida por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD. Además en el Art.19 se indica que “Los equipos eléctricos deben contar con conexión a tierra, instalada conforme a la normativa aplicable según el artículo anterior”.

En el mismo Decreto se tratan en los Arts. 20 a 23 otros conceptos vinculados con la seguridad en instalaciones eléctricas.

En el Decreto 249/07 Capítulo 8 Electricidad – Instalaciones Eléctricas, Art. 99 expresa que “Las instalaciones eléctricas deben cumplir con la reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina y con carácter supletorio, las emitidas por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD.”

En el mismo Decreto se tratan en los Art.100 a 110 otros conceptos vinculados con la seguridad en instalaciones eléctricas.

La Reglamentación AEA 90364 (RAEA) se aplica:

  • a las viviendas, locales comerciales y oficinas (Sección 7-771),
  • a los baños y vestuarios (sección 7-701),
  • a los locales de uso hospitalario (Sección 7-710),
  • a los locales de pública concurrencia (Sección 7-718)
  • a las Canalizaciones e instalaciones en locales húmedos (Sección 7-771-B.1)
  • a las Canalizaciones e instalaciones en locales mojados (Sección 7-771-B.2)
  • a las Canalizaciones e instalaciones a la intemperie (Sección 7-771-B.3)
  • a las Canalizaciones e instalaciones en locales con riesgo de corrosión (Sección 7-771-B.4)
  • a las Canalizaciones e instalaciones en lugares o locales con riesgo de explosión (lugares o locales BE3) (Sección 7-771-B.5)
  • a las Instalaciones en locales donde existen baterías de acumuladores (Sección 7-771-B.6)
  • a las Instalaciones en lugares de construcción, obras, demoliciones, obradores y lugares análogos (Sección 7-771-B.7)
  • a las Instalaciones de iluminación exterior (Sección 7-771-B.8)
  • a las Cercas electrificadas (Sección 7-771-B.9)
  • a las Instalaciones Eléctricas de Automatización de Edificios (Sección 7-780)
Para el resto de las instalaciones no indicadas en el listado precedente se aplicarán las secciones de la reglamentación 90364, que correspondan de las partes 0 a 6. Las instalaciones industriales incorporarán las Partes 0 a 6 de la RAEA 90364, incluyendo en los casos necesarios las Secciones de la Parte 7 que correspondan.

Fuente:
Guía Práctica de interpretación de la RESOLUCIÓN SRT. 900/2015

LEGISLACIÓN